lunes, 1 de junio de 2015

BIEN COMÚN

Definición de bien:
  Bien es todo lo que pueda ser objeto de apetencia. Todo bien es conveniente para el sujeto, lo cual quiere decir que es de provecho o útil. También es algo favorable y beneficiario.




¿Qué es el "Bien común"?:

  El Bien común es el bien del todo, el fin del todo y es necesario. Puede tratarse de un objeto material o inmaterial cuya posesión o disfrute es necesario para todos, como puede ser el aire o el calor del Sol, o puede referirse a un fin que trascienda a la mejora de uno o de pocos, para beneficiar a todos, o a parte importante del género humano; por ejemplo, estatizar un servicio o expropiar viviendas para una finalidad superior de beneficio de toda la población y en aras al progreso, como puede ser construir una autopista. Podemos distinguir un 'Bien de un todo integral' del 'Bien de un todo potestativo'.

Bien de un todo integral:

  En este caso el bien del todo se comunica a las partes sólo de una manera material, mediante la agregación de éstas; a su vez, el bien del todo depende materialmente de las partes, pues es la integración física de éstas lo que lo constituye.





Bien de un todo potestativo:
  Es el fin al cual se ordenan sus partes mediante su actividad u operación, cada una de ellas de distinta manera. Cada parte, disponiéndose a su modo respecto del fin del todo, cumple dentro de éste una función. Mediante el complemento de las funciones cumplidas por las partes se alcanza el bien del todo, siendo éste la perfección de cada una de ellas.

  Podemos hablar también de una diferencia entre el 'Bien común' y el 'Bien personal' (No existe una contraposición entre ellos).

  El bien común, como ya sabemos, es un bien que beneficia a varios individuos de una sociedad; mientras que el bien personal es el bien exclusivo de cada persona y pueden ser constitutivos de la perfección del hombre.



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